Mercantilización de la verdad en los procesos judiciales

Autores/as

  • Miguel Mateo Ciro Estudiante de Derecho

Palabras clave:

Verdad, mercantilización de la prueba, poder económico, formas jurídicas, verdad procesal, justicia, igualdad

Resumen

El objetivo de este artículo es determinar si la verdad procesal en el sistema Jurídico Colombiano, depende de la capacidad económica de las partes, llevando a la justicia a una mercantilización de la verdad. Metodológicamente se realizó un análisis documental de fuentes secundarias tales como jurisprudencia, sentencias de la corte constitucional, que permiten determinar la relevancia que tiene la prueba en la decisión que toman los jueces en relación con un litigio. En este sentido se toman los planteamientos de Michel Foucault en La Verdad y las Formas Jurídicas, los cuales muestran el comportamiento de la relación del poder con la verdad. En nuestro caso, el poder económico que mercantiliza la verdad. Jurídicamente se tendrá en cuenta la sentencia de la corte constitucional C.496 del 2015 donde se establece un concepto de verdad. Se logra concluir que una sentencia deberá acoger como verdad, algo que posiblemente ha sido creada o fabricada, dependiendo de su poder económico, por las partes en un proceso en virtud de lo que logre probar “lo que denomina la verdad procesalâ€.

Biografía del autor/a

Miguel Mateo Ciro, Estudiante de Derecho

Estudiante de Derecho de la Universidad Libre de Pereira

Citas

Bernales Rojas, G. (2016). El Derecho a la Verdad. Estudios constitucionales,

(2), 263-304. Obtenido de

https://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-52002016000200009&script=sci_arttex

Carnelutti, F. (1947). La prueba civil. Santiago de Chile: Olejnik Ediciones.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección cuarta. (4 de

noviembre de 2021). Sentencia 02751 del 4 de noviembre de 2021. Rad.

-03-15-000-2021-02751-01(AC): M.P: Julio Roberto Piza Rodríguez.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección tercera,

Subsección C. (10 de septiembre de 2021). Sentencia 48329 del 10 de septiembre

de 2021. Radicación número: 76001-23-31-000-2005-03887-01(48329): M.P:

Nicolas Yepes Corrales.

Corte Constitucional. (5 de agosto de 2015). Sentencia C-496 de 2015. M.P: Jorge

Ignacio Pretelt Chaljub. Obtenido de

https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2015/C-496-15.htm

CORTE CONSTITUCIONAL. (2017). T-237-17. Bogotá D.C.

Fajardo Arturo, L. A. (2012). Elementos estructurales del derecho a la verdad. Civilizar Ciencias Sociales y Humanas, 12(22), 15-34. Obtenido de https://revistas.usergioarboleda.edu.co/index.php/ccsh/article/view/89/86

Foucault, M. (1996). La verdad y las formas jurídicas. Barcelona: Gedisa.

Juan Omar, A. (2010). Michel Foucault y la gubernamentalidad financiera. La Plata, Argentina: VI Jornadas de Sociología de la UNLP, 9 y 10 de diciembre de 2010. Obtenido de https://www.memoria.fahce.unlp.edu.ar/trab_eventos/ev.5488/ev.5488.pdf

Nietzsche, F. (2006). Sobre verdad y mentira en sentido extramoral. Madrid: Tecnos. Obtenido de https://www.lacavernadeplaton.com/articulosbis/verdadymentira.pdf

Nuñez, M. Ã. (1995). El concepto verdad en sus dimensiones griega y hebrea y sus implicaciones religioso-políticas en América Latina. Enfoques, 7(1), 62-71. Obtenido de https://publicaciones.uap.edu.ar/index.php/revistaenfoques/article/view/614

Pujol Bengoechea, B. (1999). Diccionario de Marketing. Madrid: Ed. Cultural.

Rivera Campos, R. (1989). Valor y distribución en Adam Smith. Revista de Ciencias Sociales y Humanidades(8), 141-165. Obtenido de https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=6521347

Salcedo Flores, A. (2004). La Verdad Procesal. Alegatos, 18(58), 379-390. Obtenido de http://alegatos.azc.uam.mx/index.php/ra/article/view/530

Sampieri Hernández, R., Fernández Collado, C., & Baptista Lucio, P. (2014). Metodología de la Investigación. México D.F: McGRAW-HILL. Obtenido de http://observatorio.epacartagena.gov.co/wp-content/uploads/2017/08/metodologia-de-la-investigacion-sexta-edicion.compressed.pdf

Smith, A. (1994). La riqueza de las naciones. Madrid: 1996. Obtenido de https://www.javiercolomo.com/index_archivos/Libros/FILOSOFIA/EDAD_MODERNA/10_LA_RIQUEZA_DE_LAS_NACIONES_Adam_Smith_1723_1790_ESCOCIA.htm

Tamayo, M. T. (2003). El proceso de la investigacion científica. Mexico D.F: Editorial Limusa.

Taruffo, M. (2013). Verdad, prueba y motivación en la decisión sobre los hechos. Mexico: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Obtenido de http://ru.juridicas.unam.mx/xmlui/handle/123456789/42415

Toscano López, D. (2016). El poder en Foucault: «Un caleidoscopio magnífico». Logos (La Serena), 26(1), 111-124. Obtenido de https://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0719-32622016000100008

Tribunal Superior del Distrito de Bogotá, Sala Civil. (15 de julio de 2020). Sentencia con Rad. 2017 00018 caso Eveline Goubert Lozano y otro vs Clínica Shaio. M.P: Clara Inés Márquez Bulla.

Ureña Carazo, B. (2016). La verdad de los hechos como conditio sine qua non de una decisión judicial justa en el pensamiento de Michele Taruffo. Boletín mexicano de derecho comparado, 49(146), 281-304. Obtenido de https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/view/10513

Zamora Acevedo, M. (2014). La busqueda de la verdad en el proceso penal. Acta Académica, 54(mayo), 147-186. Obtenido de https://www.corteidh.or.cr/tablas/r33626.pdf

Descargas

Publicado

2023-08-25

Cómo citar

Mateo Ciro, M. (2023). Mercantilización de la verdad en los procesos judiciales. Revistas ICDP, (2). Recuperado a partir de https://publicacionesicdp.com/index.php/Revistas-icdp/article/view/549

Número

Sección

Artí­culos