PARÁMETRO DE LEGALIDAD PARA LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA PERICIAL.

Autores

  • Gloria Yaneth Vélez Perez

Resumo

En Colombia no se puede llegar a una sentencia condenatoria sin el conocimiento más allá de toda duda, ello se logra por virtud de la práctica de pruebas que deben gozar de licitud, legalidad y autenticidad y además haber sido controvertidas por la parte acusadora o por la defensa. Las pruebas son consideradas medios de conocimiento en la Ley 906 de 2004 y uno de esos medios de conocimiento es la prueba pericial, la cual desde su denominación indica que hay en ella un grado importante de conocimiento por parte de un experto sobre los hechos de un proceso, para lo cual, es la pretensión de este Artículo develar, con apoyo en ejemplos concretos, que cuando se trata de la valoración de la prueba pericial, cuya pericia ha sido rendida por un perito que ostenta una profesión regulada en Colombia por el ordenamiento jurídico y lo rinde con inobservancia de esas disposiciones jurídicas que regulan dicha profesión, se vulnera el debido proceso y el Estado de Derecho, si en la valoración el Juez omite tal consideración de legalidad y la trata.

Publicado

2026-06-26

Como Citar

Vélez Perez, G. Y. . (2026). PARÁMETRO DE LEGALIDAD PARA LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA PERICIAL. Revistas ICDP, 49(49). Recuperado de https://publicacionesicdp.com/index.php/Revistas-icdp/article/view/600

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Seção

Artí­culos