DOMICILIO ELECTRÓNICO: SOLUCIÓN TECNOLÓGICA A LA NOTIFICACIÓN TRADICIONAL EN LA REVOLUCIÓN DEL PROCESO CIVIL
Resumo
Las notificaciones constituyen uno de los pilares fundamentales para la prosecución de cualquier proceso. Por regla general, no se le puede exigir a alguien la ejecución de un acto del cual no se le ha requerido. Estas actuaciones judiciales consisten en un instrumento de comunicación para el conocimiento adecuado y oportuno. Por ello, es esencial que los ordenamientos jurídicos posean un sistema de notificaciones que funcione eficientemente, más allá de la letra de la ley. También se requiere que permita que el justiciable tome conciencia de que es parte de un proceso en curso. Así, dentro del contexto de la V Revolución Industrial y bajo la noción de “administración de la justicia” es que proponemos una solución: El domicilio procesal electrónico. Con él queremos hacer frente a un sistema que sólo contribuye a la imposición de aranceles absurdos, a la demora en la tramitación del procedimiento y que, por sobre todo, relega al justiciable a un segundo plano. Para ello analizaremos comparativamente tres países latinoamericanos que cuentan con avances significativos en comparación a Chile en el ámbito procesal.
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