REQUISITOS MÍNIMOS DE LA PERICIA DE PARTE EN EL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO: ¿CRITERIOS DE ADMISIBILIDAD O DE VALORACIÓN?

Auteurs

  • Camilo Cárdenas Herrera Semillero de Investigación de Derecho Procesal Universidad de Antioquia
  • Jeniffer Melissa Mesa Semillero de Investigación de Derecho Procesal Universidad de Antioquia
  • David Santiago Rojas Semillero de Investigación de Derecho Procesal Universidad de Antioquia
  • Mateo Fernando Múnera Semillero de Investigación de Derecho Procesal Universidad de Antioquia
  • Sebastián Pérez Semillero de Investigación de Derecho Procesal Universidad de Antioquia
  • Danna Fernanda Espitia Semillero de Investigación de Derecho Procesal Universidad de Antioquia
  • Kelly Eliana Sánchez Semillero de Investigación de Derecho Procesal Universidad de Antioquia
  • Felipe Villa García Semillero de Investigación de Derecho Procesal Universidad de Antioquia
  • Daniel Eduardo Robledo Semillero de Investigación de Derecho Procesal Universidad de Antioquia

DOI :

https://doi.org/10.32853/01232479.v8.n8.2019.522

Résumé

La prueba pericial como instrumento para suministrar conocimiento experto al juez ha tenido un cambio relevante a partir de la implementación de un modelo de proceso civil adversarial. En este sentido, dentro de las novedades introducidas por el CGP se encuentra el abandono de la tradición del sistema de perito como auxiliar del juez, para presentar el dictamen pericial como herramienta de parte. Dentro de la regulación de este medio de prueba, se encuentran una serie de requisitos mínimos que debe contener el dictamen pericial contenidos en el artículo 226 de dicho estatuto, a los cuales el legislador no asignó una consecuencia frente a su incumplimiento, abriendo las puertas a un cuestionamiento en torno a su calidad, a saber: ¿se trata de criterios condicionantes de la admisibilidad de la prueba o de pautas orientadas a facilitar el ejercicio de valoración probatoria del juez? De tal suerte, este escrito pretende responder a esta pregunta, a partir de la revisión de las diferentes posturas que se han presentado sobre dicha problemática, teniendo en cuenta que la respuesta que se adopte tendrá una incidencia determinante sobre el derecho fundamental a la prueba.

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Publiée

2019-12-03

Numéro

Rubrique

Artículos