CRITERIOS COMPLEMENTARIOS DE INCLUSIÓN PARA EXCOMBATIENTES DE GRUPOS ARMADOS NO PERTENECIENTES A LAS FARC QUE BUSCAN ACOGERSE A LA JEP
DOI:
https://doi.org/10.32853/01232479.v8.n8.2019.524Resumen
La sociedad colombiana se encuentra en un estado de adaptación posterior a la firma del acuerdo de paz entre el Gobierno Nacional y el renombrado grupo de la Fuerza Alternativa Revolucionaria del común (FARC), esta adaptación se presenta principalmente con la Jurisdicción Especial para la Paz que con el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición para las víctimas, abre las puertas para todos aquellas personas que pertenecieron al grupo FARC y que al día de hoy buscan redimirse y contribuir con los ejes del sistema. La JEP inicialmente solo atenderá asuntos relacionados con las FARC, pero, como se ocuparía si a esta llegasen asuntos de carácter ajeno a la organización FARC, por ejemplo asuntos de ex combatientes de grupos armados como las AUC, ELN o miembros de comunidades indígenas que hayan pertenecido a estos. Las circunstancias por el solo hecho de no pertenecer al grupo con el que el Gobierno Nacional firmo el acuerdo cambian mucho, habrá que entrar a revisar como la JEP resolvería este conflicto jurisdiccional y dado el caso como evaluaría el ingreso de estas personas al sistema especial.Descargas
Publicado
2019-12-03 — Actualizado el 2026-05-20
Versiones
- 2026-05-20 (2)
- 2019-12-03 (1)
Número
Sección
ArtÃculos