[1]
N. Nisimblat, « COMENTARIOS A LA LEY 1194 DEL 9 DE MAYO DE 2008 SOBRE DESISTIMIENTO TÁCITO Y AL ARTÍCULO 23 DE LA LEY 1285 DE 2009 (enero 22) SOBRE PERENCIÓN EN PROCESOS EJECUTIVOS»., No. 40, vol. 35, n.º 35, nov. 2015.